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Las decisiones en la Unión Europea en lo que respecta a la agricultura y ganadería están viviendo posiciones si no enfrentadas, sí algo diferentes, de lo que después le toca aprobar al Parlamento Europeo o el Consejo de la UE.
Los eurodiputados han aprobado hoy modificaciones específicas del Reglamento sobre la Organización Común de Mercados de los Productos Agrarios (Reglamento OCM) apoyando la obligatoriedad de firmar contratos escritos para las entregas de productos agrícolas. Y proponen que los Estados miembros puedan eximir a sectores específicos de esa obligación a petición de una organización que represente al sector.
El Parlamento Europeo apuesta por reducir a 4.000 euros (desde los 10.000 propuestos por la Comisión) el umbral por debajo del cual los Estados miembros pueden decidir que los contratos no son obligatorios.
Postura de Cooperativas
Aunque el Parlamento prevé que los Estados miembros puedan establecer excepciones —quizás demasiadas— y la situación en España no se vea afectada de forma directa, dado que la Ley de la Cadena Alimentaria española es más rigurosa, Cooperativas Agro-alimentarias de España considera que esta disposición supone un paso adelante.
La medida contribuirá a reforzar las reglas del mercado único, destino de aproximadamente el 70% de las exportaciones agroalimentarias españolas, y facilitará una mayor armonización normativa, reduciendo costes, barreras burocráticas y posibles conflictos comerciales entre operadores de distintos Estados miembros.
En materia de contratación, Cooperativas Agro-alimentarias de España lamenta que el Parlamento Europeo haya rechazado las enmiendas propuestas en el Pleno sobre la excepción total de la contratación de las cooperativas con sus socios, y haya aprobado que las cooperativas deban incorporar en sus estatutos disposiciones con objetivos similares a los contratos de compraventa privados en su relación con los socios.
Cooperativas Agro-alimentarias de España rechaza firmemente esta medida, ya que la relación socio–cooperativa no puede considerarse una relación comercial, sino societaria y mutualista.
Las cooperativas son empresas creadas y gobernadas democráticamente por sus socios y socias agricultores, que ya disponen de reglas internas y procesos más garantistas que la propia normativa comercial. La relación entre el socio y su cooperativa debería quedar fuera de cualquier tipo de regulación contractual, ya que son los socios los que, de forma democrática, eligen las disposiciones en materia de entrega y liquidación de sus productos, plazos, precios, retornos cooperativos, etc.
Por tanto, imponer obligaciones contractuales entre el socio y su cooperativa atentaría contra los principios básicos del cooperativismo, incrementaría la burocracia y los costes de gestión, y supondría un retroceso en el reconocimiento institucional de estas entidades. Esta disposición, además, contradice múltiples informes y
declaraciones del Consejo, Parlamento y Comisión Europea que reconocen y apoyan el papel de las cooperativas, como la Comunicación de la Comisión sobre el futuro de la agricultura (febrero 2025), o el Informe del Consejo sobre bioeconomía (2024) o los informes del Parlamento Europeo sobre jóvenes y zonas rurales. Sin embargo, lo aprobado por el Parlamento Europeo es más flexible para las cooperativas que la posición del Consejo al respecto.
Además, Cooperativas Agro-alimentarias de España lamenta la aprobación de una enmienda que permite a los agricultores ser socios de varias cooperativas y organizaciones de productores para un mismo producto, aunque con destinos diferentes (fresco, transformación, etc.).
Consideran que esta disposición debilita la concentración de la oferta y reduce la capacidad de comercialización conjunta de las cooperativas, un elemento esencial para mejorar la posición de los productores en la cadena alimentaria.
Las cooperativas deben tener la capacidad de decidir, en función de su estrategia comercial, el destino más adecuado del producto, con el fin de obtener el máximo valor añadido y beneficiar así directamente a sus socias y socios agricultores.
Dado que esta disposición no figura en la posición del Consejo, confian en que sea finalmente rechazada durante la negociación en los trílogos.
Avances
No obstante, el informe aprobado por el Parlamento Europeo incluye avances relevantes para el sector agrario, muchos de ellos impulsados por Cooperativas Agro-alimentarias de España.
Entre ellos destacan la protección jurídica de los productos cárnicos y sus derivados; la inclusión de la carne de ovino, porcino y avícola como productos elegibles para la intervención pública; el refuerzo de los mecanismos de gestión de crisis del mercado agrario; y la posibilidad de establecer el etiquetado de origen para ciertos productos, como el arroz, clave para España.
Otras medidas
Los eurodiputados quieren más claridad sobre el uso de los términos «justo» o «equitativo» para los productos agrícolas y quieren que los criterios para permitir dicho etiquetado incluyan la contribución de los productos al desarrollo de las comunidades rurales y la promoción del desarrollo de las organizaciones de agricultores.
El término «cadena de suministro corta» en las etiquetas o en la publicidad solo debe utilizarse para los productos producidos en la UE con un número limitado de intermediarios entre el agricultor y el consumidor final o que se manipulan a corta distancia o durante un corto período de tiempo, recalca el texto.
Plaguicidas en alimentos importados
El pleno ha propuesto incorporar a las nuevas normas la condición de que los alimentos y piensos de origen vegetal y animal solo puedan importarse de terceros países si sus niveles de residuos de plaguicidas están por debajo del nivel máximo permitido para los producidos en la UE.
Las conversaciones con los Estados miembros sobre la forma final de la legislación comenzarán el martes 14 de octubre.



