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El precio entre el productor y primer comprador deberá cubrir los costes de producción

Los contratos de compraventa de productos agrarios deberán tener una «indicación expresa de que el precio pactado entre el productor primario agrario, ganadero, pesquero o forestal o una agrupación de los mismos y su primer comprador cubre los costes de producción¨.

Luis Planas durante la rueda de prensa del Consejo de Ministros de hoy.

Esta es una de las modificaciones que ha introducido el Gobierno central en la Ley de cadena alimentaria a través del Real Decreto-ley aprobado hoy en Consejo de Ministros, «que contempla medidas urgentes para garantizar el nivel de vida, mejorar la posición negociadora y lograr el justo reparto de los costes generales del sector primario a lo largo de la cadena alimentaria».

La nueva norma introduce el coste de producción como elemento obligatorio en las relaciones contractuales, que se incluirá como un factor obligatorio a tener en cuenta para establecer el precio en los contratos agrario.

De ahí que el nuevo decreto prohíba igualmente la venta a pérdida o destrucción de valor en la cadena. Para ello cada operador deberá pagar al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste efectivo de producción.

Promoción

«Para evitar la banalización de los productos», aseguran desde el Gobierno, «se exige que el lanzamiento y desarrollo de promociones, que se realicen en el ámbito de aplicación de la ley de la cadena alimentaria, se basen en un marco de acuerdo y libertad de pactos, interés mutuo y flexibilidad para adaptase a las circunstancias particulares de los distintos operadores».

La nueva norma recrudece las sanciones. Se consideran graves infracciones que antes eran leves, como no formalizar por escrito los contratos alimentarios, no incluir el precio o realizar modificaciones en el precio. También son catalogadas como graves la destrucción de valor en la cadena alimentaria, así como realizar actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos.

Fiscalidad

En materia de fiscalidad, la norma aprobada introduce modificaciones en la Ley del IRPF para mejorar la tributación en este impuesto de los jóvenes agricultores que reciben las ayudas a la primera instalación en los programas de desarrollo rural de las comunidades autónomas.

Otras modificaciones previstas en el Real Decreto aplican una reducción del número mínimo de jornadas necesarias para el acceso al subsidio por desempleo en Andalucía y Extremadura, y la conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o contratos fijos-discontinuos.

Rueda de prensa tras el Consejo de Ministros de hoy.

Inspección de trabajo

También «se contempla una modificación de la Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la modificación del acceso de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a los alojamientos y locales de descanso, ubicados fuera de los centros de trabajo o lugares donde se ejecuta la actividad laboral», según reza el comunicado del Consejo de Ministros

El objetivo de esta medida es, según el Gobierno, «combatir algunas de las extremas condiciones que se están dando actualmente en el trabajo agrícola, para lo que se permitirá a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social entrar y revisar las condiciones de las viviendas puestas a disposición de los trabajadores por parte de los empresarios, aunque estas se encuentren fuera del lugar de trabajo».

Finalmente, se ha aprobado la reducción a 20 del número de jornadas necesarias para el acceso al subsidio por desempleo, así como a la renta agraria a los trabajadores eventuales agrarios residentes en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.

Redaccion AenVerde

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