El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación de los plazos de entrada en vigor del Cuaderno Digital de explotación hasta el 1 de septiembre de 2024 para las explotaciones de mayor tamaño y un año más tarde -septiembre de 2025- para las explotaciones pequeñas.
Esta modificación responde a las demandas del sector de disponer de un mayor periodo de adaptación para familiarizarse con las nuevas herramientas y prepararse para su cumplimentación.
Las explotaciones más pequeñas quedan exentas de su uso, lo que engloba a las que cuentan con una superficie igual o menor a 5 hectáreas, siempre que la superficie de regadío no supere una hectárea, así como aquellas explotaciones que únicamente dispongan de pastos en los que no se realicen aplicaciones de fertilizantes.
Este cambio queda recogido en el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola. Además de ampliar los plazos de entrada en vigor del cuaderno digital de explotación y de eximir a las explotaciones más pequeñas de su uso, las modificaciones buscan fomentar la utilización voluntaria del mismo por parte de aquellos agricultores que ya se encuentran preparados para su utilización. Todo ello con el objetivo de garantizar la adecuada implementación de esta nueva herramienta.
El real decreto aprobado incluye otras modificaciones de diversos reales decretos para clarificar la aplicación en España de la nueva Política Agrícola Común (PAC), a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Las modificaciones se realizan en base a la experiencia adquirida en el primer año de vigencia de la nueva PAC, que entró en vigor el 1 de enero de 2023, y tienen que ver con aspectos de índole técnica.
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En un solo texto se modifican los reales decretos sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (1045/2022), sobre gestión y control de la PAC (1047/2022), de las intervenciones de pagos directos y requisitos comunes del Plan Estratégico de la PAC y la solicitud única (1048/2022), de condicionalidad (1049/2022) y el relativo al Sistema de Información de Explotaciones (SIEX).
“El objetivo es facilitar una mejor comprensión de las normas y aportar seguridad jurídica a los agricultores y ganaderos”, ha asegurado el Ministerio de Agricultura en un comunicado.
Derechos de ayuda básica a la renta
El real decreto sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la PAC se modifica para recoger un tratamiento especial para el acceso a la reserva nacional de las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra.
Además, se limitan los arrendamientos sin tierras y se concretan procedimientos al establecer, con carácter general, la tramitación electrónica de los recursos en relación a las decisiones sobre reserva nacional.
Entre los aspectos que afectan a los agricultores, destacan la exigencia de realizar una actividad de producción cuando se declara un recinto inactivo por primera vez, o la necesidad de acreditar la disponibilidad de los recintos improductivos transformados que se declaran por primera vez.
Por otro lado, se clarifican las redacciones de los artículos relativos a la condición de agricultor activo. Y respecto al pago redistributivo, se revisa el cálculo para aquellos titulares que tienen más de una región, y se corrigen los importes del segundo tramo de algunas regiones, por haberse detectado un error.
Ecorregímenes
En lo relativo a los ecorregímenes (ayudas por el cumplimiento de servicios medioambientales), se prevén nuevos métodos de control en las prácticas ligadas a pastos, para aquellos titulares que no mantengan un cuaderno digital de explotación.
Se establecen nuevas posibilidades para que los productores de espárragos y especies aromáticas puedan acceder a las ayudas a estos ecorregímenes y se ajusta la redacción de la práctica de rotación de cultivos con especies mejorantes para explotaciones de menos de 10 hectáreas.
Condicionalidad reforzada
En lo relativo a las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas, las modificaciones afectan a aspectos relativos a las buenas condiciones agrarias y ambientales, al objeto de adaptarlas a los últimos cambios del Plan Estratégico.
Las principales novedades guardan relación con la aplicación de las excepciones para los cultivos leñosos, y la recolección mecánica nocturna en cultivos que presenten denso follaje donde puedan anidar aves con el fin de protegerlas en periodos de reproducción y cría.
En relación con la condicionalidad social, que se empezará a aplicar el 1 de enero de 2024, se clarifica, entre otras cosas, que son los organismos pagadores los responsables de determinar el porcentaje de penalización por incumplimiento de las normas laborales en cuestión.



