IMPUESTO sobre la renta. Módulos año 2013

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Texto: Mª Dolores Guillén. Dpto. Gestión de Ayudas de COEXPHAL

Se ha publicado la Orden HAP/596/2014, de 11, de abril, por la que se reducen para el año 2013 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas para determinados productos y términos municipales.

Los índices que se han modificado son los siguientes:

-Productos hortícolas: Sólo para el término municipal de El Ejido, el índice de rendimiento neto se fija en 0,09.

-Calabacín y espárrago: Para todos los términos municipales de Almería, el índice de rendimiento neto se fija en 0,18. Excepto para El Ejido que queda según lo indicado en el párrafo anterior.

-Cítricos: En Cuevas de Almanzora, Huercal-Overa, Los Gallardos, Pulpí y Zurgena, el índice de rendimiento neto se fija en 0,18.

-Almendra: Para todos los términos municipales de Andalucía, el índice de renimiento neto queda fijado en 0,18.

El índice de rendimiento neto aplicable en el año 2013 para los cítricos y horticultura sigue siendo el 0,26 para el resto de municipios no expuestos anteriormente, al igual que en la anualidad 2012.

No podrán acogerse al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta, ni por lo tanto podrán aplicar el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido:

-Los agricultores que hayan tenido un nivel de ingresos anual, para el conjunto de actividades, superior a los 450.000 euros. Aquí deberán tenerse  en cuenta las actividades económicas desarrolladas por el cónyuge, descendientes y ascendientes, así como las entidades en régimen de atribución de rentas, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

-Que las actividades económicas sean similares.

-Que exista una dirección común de las actividades: compartiéndose medios personales o materiales.

-Los agricultores que hayan tenido un nivel de ingresos anual, sólo para la actividad agrícola, superior a los 300.000 euros.

-Los agricultores que hayan tenido, para el conjunto de actividades, un nivel de compra superior a los 300.000 euros anuales. Excluyendo las inversiones (construcción de invernadero, plástico, maquinaria, etc..)

Para calcular el importe a pagar a Hacienda el agricultor tendrá que calcular primero el rendimiento neto de módulos, calculado restando a los ingresos totales las amortización y determinados importes correctores  en función del personal asalariado, arrendamientos, etc..

Los agricultores, además, podrán reducir este rendimiento neto de módulos durante el año 2013 en un 5%. Una vez hecha esta reducción, a la cantidad obtenida  le aplicamos el índice expuesto en el párrafo anterior (índice de rendimiento neto) para calcular la cuota tributaria.

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