(También nos puedes seguir por nuestro canal de WhatsApp)
Una nota interpretativa aclara el plazo de garantía de los productos fitosanitarios sin modificar la normativa vigente. El documento, dirigido a auditores y operadores del sector, busca unificar criterios y garantizar una interpretación homogénea conforme a la legislación actual.
La iniciativa surge tras detectar discrepancias durante auditorías realizadas por certificadoras como GLOBALG.A.P., que han generado dudas respecto al periodo de validez de estos productos. Ante esta situación, la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas (FEPEX), que ejerce la Secretaría del Grupo de Trabajo español de GLOBALG.A.P., ha elaborado una nota conjunta con la Asociación Empresarial para la Protección de las Plantas (AEPLA) y la Federación de Distribuidores de Insumos Agrarios (Fedisprove).
El objetivo es ofrecer claridad técnica a las entidades certificadoras y operadores del sector, garantizando una aplicación uniforme de la normativa. La nota será compartida con todas las certificadoras del grupo nacional.
Según el Reglamento (UE) nº 284/2013, que desarrolla el Reglamento (CE) nº 1107/2009, los productos fitosanitarios deben demostrar una estabilidad mínima de dos años desde la fecha de fabricación, siempre que se almacenen en condiciones normales. Este dato se establece en los estudios de estabilidad presentados durante el proceso de registro del producto. En los casos en que la estabilidad sea inferior a 24 meses, debe indicarse expresamente en la etiqueta.
Por tanto, el plazo de garantía por defecto es de 24 meses y no de 18, como se ha interpretado erróneamente en algunas auditorías, salvo que el fabricante especifique lo contrario.
No obstante, desde el sector se recuerda que superar ese periodo no implica automáticamente que el producto haya perdido eficacia. Muchos productos mantienen sus propiedades más allá del plazo indicado. Las empresas fabricantes pueden ampliar la garantía siguiendo las directrices internacionales de CropLife International, basándose en datos propios o estudios de estabilidad acelerada.
En cualquier caso, los usuarios que dispongan de productos cuyo plazo de garantía haya vencido y deseen verificar su eficacia, pueden dirigirse a su distribuidor o fabricante. Será posible realizar un análisis puntual para determinar el porcentaje de ingrediente activo presente en el producto antes de su uso.



