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Europa aprueba la norma que regirá las Nuevas Técnicas Genómicas

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El Parlamento Europeo ha adoptado las nuevas normas que facilitan el acceso a nuevas variedades vegetales resistentes al clima y a las plagas, con las que se prevén mayores cosechas y que requieren menos pesticidas.

Esta legislación da un giro hacia la regulación de las plantas en función de su composición genética final y no de cómo se han obtenido.

Los vegetales modificados con NTG se dividirán en dos categorías, cada una con obligaciones jurídicas diferentes.

• NTG de categoría 1: corresponde a plantas con un número limitado de modificaciones y que, además, podrían haberse producido mediante mejora vegetal convencional. Una vez verificado que cumplen los criterios para obtener el estatus de NTG de categoría 1, se les tratará como a las plantas convencionales.

A petición del Parlamento, los vegetales diseñados para tolerar herbicidas o producir sustancias insecticidas no podrán considerarse NTG de categoría 1.


• NTG de categoría 2: esta categoría es para plantas que han sufrido modificaciones genéticas más extensas o complejas. Están sujetas a la estricta normativa vigente en materia de OMG y deberán someterse a un proceso de evaluación de riesgos, además de obtener autorización para poder comercializarse en la UE.

Las normas se aplicarán tanto a las plantas originarias de Europa como a las importadas. En los mercados de fuera de la UE ya hay disponibles, o en avanzada fase de desarrollo, productos elaborados a partir de vegetales obtenidos con NTG, como trigo con bajo contenido en gluten, patatas resistentes a las plagas y maíz que soporta la sequía.

Trazabilidad, etiquetado y exclusiones voluntarias

La trazabilidad y el etiquetado completos seguirán siendo obligatorios para las plantas NTG de categoría 2.

Asimismo, los países de la UE podrán restringir o prohibir su cultivo en su territorio, aunque esté autorizado en la Unión.

Las variedades vegetales que contengan o se deriven de una planta NTG de categoría 1 se incluirán en una base de datos pública de la UE.

Asimismo, para que los agricultores puedan tomar decisiones informadas, todas las bolsas de semillas y el material de reproducción deberán etiquetarse como «NTG de categoría 1».

Las normativa para las denominadas Nuevas Técnicas Genómicas (NTG), fueron acordadas provisionalmente entre el Parlamento y el Consejo en diciembre de 2025.

Para orientar el uso de las NTG hacia el desarrollo de plantas más sostenibles (por ejemplo, con mayor resistencia al clima y a las plagas), la normativa establece la obligación de supervisar el impacto de los cultivos obtenidos mediante NTG en la sostenibilidad.

Vegetales ecológicos

No se permitirá usar NTG en la producción ecológica, pero la presencia técnicamente inevitable de plantas obtenidas con NTG de categoría 1 no constituiría un incumplimiento de la normativa.

La Comisión evaluará si este reglamento genera cargas administrativas, económicas o prácticas para los operadores ecológicos, incluidas cuestiones relacionadas con su propia percepción y la de los consumidores.

Derechos de propiedad intelectual y patentes

Las NTG se podrán patentar, salvo en el caso de aquellos rasgos o secuencias que se produzcan en la naturaleza o por medios biológicos. Los eurodiputados introdujeron medidas de protección para evitar la concentración del mercado y garantizar la asequibilidad y el acceso equitativo de los agricultores, de modo que estos conserven el derecho a guardar y replantar semillas.

Próximos pasos

El reglamento entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE y se empezará a aplicar dos años después.

Redaccion AenVerde

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