A partir de mañana, 14 de diciembre, el Reglamento UE 2016/2031 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2313 obligan a que se expida para los vegetales, productos vegetales y otros objetos un nuevo formato de pasaporte fitosanitario. No obstante, los pasaportes fitosanitarios expedidos con anterioridad al 14 de diciembre de 2019 serán válidos hasta el 14 de diciembre de 2023.

El pasaporte fitosanitario es el documento que acompaña a las plantas y a ciertos productos vegetales cuando circulan dentro de la Unión y certifican su estado fitosanitario, lo que demuestra el respeto de las regulaciones europeas relacionadas con las plagas cuarentenarias. y plagas reguladas no cuarentenarias de la Unión.
El Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento y del Consejo de 26 de octubre relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales establecen medidas más estrictas de protección contra la introducción y difusión en el territorio de la UE de plagas de cuarentena.
En la etiqueta del pasaporte deben figurar el nombre botánico de la planta, la matrícula de registro del productor, el código de trazabilidad y el país de procedencia.
Las empresas implicadas en la producción y comercialización de algunos vegetales o productos vegetales que deben llevar asociados pasaportes fitosanitarios, deben solicitar la autorización para expedirlos al Departamento de Sanidad Vegetal de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural que corresponda.
Más información en la página web de la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía.