
El Real Decreto publicado el sábado en el BOE y aprobado en el Consejo de Ministros del viernes prevé un régimen simplificado para la emisión de los certificados veterinarios, sanitarios y fitosanitarios de los productos agrícolas, ganaderos y agroalimentarios que se exijan para la futura exportación el Reino Unido y aplicable sólo en caso de un Brexit sin acuerdo.
También hay un capitulo relativo a aduanas en el que se establece que las autoridades aduaneras españolas podrán adelantar la tramitación de algunos de las solicitudes de los operadores a las aduanas, antes de que Reino Unido sea considerado como un tercer estado, con el fin de facilitar el cumplimiento de las formalidades aduaneras, que serían exigibles a partir del 30 de marzo.
También hay un capítulo relativo al transporte de mercancías por carretera, centrado principalmente en las empresas transportistas establecidas en el Reino Unido.
En el caso de la exportación de frutas y hortalizas frescas, y según trasladó el Ministerio de Agricultura a FEPEX en la última reunión mantenida, no será necesaria la tramitación de certificados fitosanitarios excepto para los cítricos con hoja.