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La Comisión Nacional de los Mercados puntualiza la Ley de la Cadena Alimentaria

Ley de la condena

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe sobre el Anteproyecto de Ley (APL) por el que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria: Dicha normativa transpondrá la Directiva (UE) 2019/633 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrícola y alimentario. (IPN/CNMC/015/20).

La Ley 12/2013 de la cadena alimentaria se ha reformado recientemente mediante el Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero. Tanto esta reforma como la del anteproyecto incorporan un nuevo repertorio de prácticas que se consideran abusivas.

El RD-ley 5/2020 introdujo, entre otras, la obligación de que los precios de los contratos alimentarios cubran los costes de producción. La CNMC considera que el concepto no se define con precisión y puede provocar una mayor complejidad en los contratos y la utilización de índices comunes, favoreciendo alineamientos de precios.

La CNMC ha defendido luchar contra las prácticas comerciales desleales, pero ha advertido de que muchas prácticas comerciales no tienen per se un efecto neto negativo. Únicamente son perjudiciales ante situaciones de desequilibrio de poder negociador o falta de competencia. 

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Por ello, la Comisión considera que una de las formas más efectivas de luchar contra las prácticas comerciales desleales es atacar los factores que favorecen la existencia de desequilibrios en el poder de negociación entre las partes, favoreciendo un mayor tamaño de los productores y la eliminación de las barreras a la apertura y funcionamiento de establecimientos de distribución alimentaria minorista. 

Adicionalmente, en el informe se realizan las siguientes recomendaciones:

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La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

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