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La Comisión Europea modifica el reglamento de minimis para el sector agrícola

comision agri Parlamento Europeo

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La Comisión Europea ha adoptado hoy una modificación del Reglamento de minimis en el sector agrícola («Reglamento de minimis agrícola»).

El Reglamento exime a las ayudas de escasa cuantía del ámbito de aplicación del control de las ayudas estatales, ya que se considera que no tienen ninguna incidencia en la competencia y el comercio en el mercado interior.

La modificación

En virtud del actual Reglamento agrícola de minimis, los Estados miembros pueden conceder ayudas al sector agrícola de hasta 20 000 euros por beneficiario (25 000 euros si el Estado miembro dispone de un registro central para consignar las ayudas de minimis) durante un período de tres ejercicios fiscales sin notificación previa para su aprobación por la Comisión.

Además de estos límites máximos por beneficiario, cada Estado miembro de la UE tiene un importe nacional máximo (el llamado «tope nacional») que no puede superar, a fin de evitar cualquier posible falseamiento de la competencia.

La modificación adoptada hoy incluye los cambios siguientes:

Gracias a la modificación aprobada hoy, los Estados miembros podrán prestar una ayuda mayor a los agricultores de manera sencilla, rápida, directa y eficiente, ya que no será necesario que las ayudas de minimis se notifiquen a la Comisión ni que sean aprobadas por esta.

Paralelamente a la modificación de hoy, la Comisión ha adoptado nuevas medidas para reforzar la posición de los agricultores en la UE. La Comisión ha propuesto modificaciones específicas del marco jurídico actual establecido en el Reglamento por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrícolas (OCM) y un nuevo Reglamento relativo a la aplicación transfronteriza de la normativa contra las prácticas comerciales desleales.

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